jueves, 22 de julio de 2021

Nuevas medidas del LABI

 Hola a tod@s, salvo error u omisión o cambios de última hora, os dejo las nuevas medidas que han propuesto y que serán efectivas esta semana..


Estas son todas las medidas aprobadas por el LABI en su reunión de este jueves 22 de julio para hacer frente a la covid-19. Las nuevas medidas entrarán en vigor el sábado, 24 de julio, salvo las nuevas limitaciones de aforos, que entrarán en vigor el lunes, día 26:

Mascarilla

El uso de mascarilla en espacios al aire libre será preceptivo siempre que no pueda mantenerse, de modo constante, una distancia de un metro y medio entre personas.

En consecuencia, la obligatoriedad de uso de mascarilla se extenderá a todo tipo de entornos urbanos transitados.

En establecimientos y servicios de hostelería y restauración su uso es obligatorio en todo momento y tanto en interiores como en las terrazas. La única excepción es el momento de la ingesta de alimentos o bebidas.

En el desarrollo de cualquier actividad deportiva queda exceptuado el uso de mascarilla en espacios naturales, entornos urbanos sin concurrencia de viandantes, piscinas, entrenamientos y competición de equipos en competición profesional o semi-profesional y en momentos de actividad física intensa en exteriores.

No será exigible el uso de la mascarilla en las playas y piscinas mientras se permanezca en un espacio determinado, siempre y cuando se pueda respetar la distancia de seguridad interpersonal. Para los desplazamientos y paseos en las playas y piscinas sí será obligatorio el uso de mascarilla.

Es igualmente obligatorio el uso de la mascarilla en el transporte público.

Interacción social

El nuevo Decreto, adelanta a la 01:00 el horario límite de cierre de todas las actividades comerciales, sociales y culturales.

Se reduce al 35 % el aforo máximo permitido en las diversas actividades para todos los locales e instalaciones.

Se reduce el número máximo de personas en eventos sociales, culturales o deportivos según los siguientes parámetros:

- En recintos con capacidad hasta 1.600 personas: máximo 400, y en exteriores 600.

- En recintos entre 1.600 y 5.000: máximo 600, y 800 en exteriores.

- En recintos de más de 5.000 personas: 20% de aforo máximo.

- En eventos sociales en los que se producen aglomeraciones de personas que no están sujetas a control por ningún organizador concreto, deberá establecerse la obligatoriedad de mantener la distancia interpersonal de un metro y medio. El aforo máximo estimado por persona es de cuatro metros cuadrados en el espacio en que se esté produciendo la aglomeración.

En todo caso, se deben de respetar las directrices de la Dirección de Salud Pública y Adicciones.

Obligaciones cívicas de responsabilidad sanitaria

El nuevo Decreto establece que las personas afectadas por un caso de contagio o por ser contacto estrecho del mismo, tienen la obligación de colaborar en la labor de rastreo y trazabilidad de los contagios con el máximo de celeridad y veracidad.

El Decreto establece también la obligación de confinamiento o cuarentena, cumpliendo las indicaciones de las autoridades y los servicios sanitarios.

Llamamientos cívicos

De acuerdo con el artículo 20.1 de la Ley vasca anti pandemia covid-19, se añade a este Decreto un nuevo artículo denominado "llamamientos cívicos".

A través del mismo se insta a la ciudadanía, sobre la base de su autorresponsabilidad, a una autolimitación voluntaria para la aplicación de las siguientes medidas:

- Limitación de la movilidad nocturna durante la franja horaria de una a seis de la noche;

- Limitación de la agrupación a un máximo de seis personas, excluidos convivientes.

- Autoconfinamiento y autoaislamiento personal en cuanto se experimenten los primeros síntomas de contagio por covid; así como comunicación con los servicios sanitarios.

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